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ARGENTINOS, DERECHOS, HUMANOS Y FARSANTES



Asunto:  Sobisch pide a la justicia que la gendarmería desaloje a los
Obreros de Zanon

 SOBISCH PIDE A LA JUSTICIA QUE LA GENDARMERÍA DESALOJE A LOS OBREROS DE
ZANON
En un trámite oscuro el gobierno de la provincia de Neuquén solicitó el
secuestro y ejecución de la maquinaria de la fábrica Zanon. Así, a pedido
del IADEP, la jueza a cargo de la Secretaría de Juicios Ejecutivos nº 2 de
Neuquén, Ana Lía Zapperi de Busechian, ordenó que "a los fines de facilitar
el secuestro, líbrese oficio comunicando tal medida al Jefe de Gendarmería,
Agrupación Nº 12 de esta ciudad". Así, pidiendo ilegalmente el uso de la
Gendarmería, contesta el gobierno de Sobisch a nuestra decisión de conformar
una cooperativa de trabajadores.

Durante años el gobernador le otorgó créditos y subsidios a los dueños de
Zanon. Jamás cobraron un centavo a estos "empresarios" condenados por cerrar
la fábrica (lock out ofensivo) que fueron desplazados del directorio por
ocultamiento de balances y documentación contable (resolución del 15/10/04
de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial). Ahora el
gobierno intenta que la justicia secuestre y remate la maquinaria que los
450 obreros han puesto en marcha para producir y así garantizar su derecho
elemental a alimentarse, crear más de 170 puestos de trabajo nuevos y poner
la fábrica al servicio de la comunidad.

Este pedido a la justicia explica lo que denunciamos hace dos meses: el plan
del Ministro de Seguridad Manganaro para desalojar a los trabajadores y la
insólita propuesta de que los obreros ceramistas se dediquen a la
construcción de casas prefabricadas (sic).

De concretarse la intentona del gobierno la fábrica sería desguazada, las
máquinas rematadas y 450 familias obreras quedarían sin trabajo. Un galpón
más vacío en la ruta nº7. Denunciamos esta gravísimo plan y llamamos a
cerrar filas para frenarlo a la comunidad neuquina y a todos las
personalidades y organizaciones sociales, religiosas, culturales, políticas,
de derechos humanos y gremiales que, en Neuquén, a nivel nacional e
internacional han demostrado una emocionante solidaridad con nuestra lucha
durante estos tres años.



SINDICATO CERAMISTA - OBREROS DE ZANON
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Asunto: En San Juan DE ESO NO SE HABLA

Hoy 4 de Noviembre de 2004, se conoció en San Juan el dato del consumo de
Gas-Oil que la Barrick ha declarado que UTILIZARA en la Reserva de Biosfera
de San Guillermo, proyecto Veladero.

La minera Canadiense consumirá a lo largo del proyecto 531 millones de
litros de Gas-Oil, lo que representa un consumo diario de 110.000 litros del
combustible Fósil.

Mientras en el mundo se intenta bajar las emisiones al ambiente, San Juan
DUPLICARÁ cada día la emisión de todos su taxis, remises y colectivos
juntos. ¿ Para beneficio de quienes ???

El gobernador Gioja sigue sumando contradicciones, por lo que en la última
entrevista periodística, cuando le preguntaron sobre contaminación minera
respondió: DE ESO NO HABLO. Mario Bertazzo desde San Juan -
bertazzo at speedy.com.ar


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El uso político de la figura de la asociación ilícita


HUELGA DE HAMBRE VINCULADA AL CASO "MENEM"


Es la primera vez que un preso inicia una huelga de hambre contra la Corte.
Desde el 1° de noviembre, Juan José Princivalle, detenido en Devoto, se
encuentra en huelga de hambre protestando contra la Corte y el Estado
Argentino. Es contador y abogado y fué procesado en tres causas por
defraudar a diferentes bancos de la plaza local. Además de los hechos que se
le atribuyen, también fue procesado tres veces por asociación ilícita.
Reclama ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la
desigualdad ante la ley, ya que mientras Menen fue sobreseído con la misma
imputación, en la causa por la venta de armas, a Princivalle la Corte le
confirmó la sentencia.



La causa Menem



En la causa "Stancanelli", donde se investigaba la venta de armas a Ecuador
y Croacia, quedaron detenidos primero Yoma y después el propio Menem,
imputados, además de las ventas de armas, por el delito de asociación
ilícita integrada supuestamente con otros miembros de su propio gabinete.
Luego de un breve arresto domiciliario, la antigua Corte, tildada de
menemista, resolvió por mayoría revocar el procesamiento por la figura de la
asociación. En el fallo se recurrió a la doctrina que sostiene que para
conformar una asociación que constituya en sí misma un delito, la
organización debe poner en peligro al Estado y afectar la "tranquilidad
pública o paz social", y repercutir "en el espíritu de la población y en el
sentimiento de tranquilidad pública, produciendo alarma y temor por lo que
puede suceder". Con estos términos la Corte convocó una doctrina garantista
en  favor de Menem, pero cuando debió tratar la sentencia de Princivalle
rechazó el caso. Este, por la desigualdad en la interpretación de la ley,
inició una huelga de hambre y recurrió a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos denunciando al Estado argentino por la violación al Pacto
de San José de Costa Rica.



La asociación ilícita



Una antigua y pacífica doctrina que no aconsejaba el abuso de la figura de
la asociación ilícita, se ha ido abandonando en los últimos años como fruto
del uso político de la figura y su utilización por parte de los jueces para
encarcelar cuando no se tienen pruebas, o para agravar la acusación. Es que
hasta fines de la década pasada, y desde la vigencia de nuestro antiguo
código penal, prácticamente no había condenados por este delito.

La doctrina considera que aplicar un tipo penal que persigue el ánimo de
organizarse para cometer delitos, aún antes de iniciar su ejecución, afecta
las garantías constitucionales y se introduce peligrosamente en al ámbito de
la persecución de las intenciones y las ideas.

La figura se introdujo en la primera mitad del siglo pasado para reprimir
los atentados anarquistas que asolaban a la sociedad europea y que se
extendieron a la realidad argentina. Por ello la mejor doctrina, tanto
europea como argentina, considera que sólo sería aplicable contra
organizaciones que ponen en peligro al Estado o la tranquilidad y la paz
social. Son estos los principios que la antigua Corte convocó para resolver
el caso Menem. Sin embargo, muchos jueces utilizan ligeramente la figura de
la asociación exigiendo solamente la existencia de un mero acuerdo criminal
y la ejecución de múltiples hechos. Con este criterio, cuando en la comisión
de una serie de hechos criminales intervengan tres o más autores, todos los
delitos quedarían atrapados por dos artículos del código penal, y la
aplicación de la figura no exigiría mayores pruebas.



Las garantías ciudadanas



Es que si sólo se exige la existencia de un acuerdo criminal, los criterios
de los jueces al momento de sentenciar serán muy disímiles, ya que la ley no
especifica qué grado de organización se requiere. Esto convierte al artículo
210 del código penal, que define el tipo de asociación, en un instrumento
para el encarcelamiento caprichoso, arbitrario o político de cualquier
ciudadano. Ese es el criterio con el que los dirigentes políticos vienen
utilizando la asociación ilícita para perseguir a sus adversarios: se
resuelve su existencia para encarcelar, o se recurre a doctrinas garantistas
para anular la imputación.

Una peligrosa práctica que pone en riesgo las garantías personales de todo
ciudadano exponiéndolo a las arbitrariedades de los jueces o de la política.
Viola fundamentalmente la necesaria certeza de la ley penal previa, que debe
ser clara y precisa, para utilizar contra un ciudadano el poder coercitivo
del Estado.

En el caso Princivalle se lo ha procesado no por una sino por tres
asociaciones ilícitas, aplicando el criterio de la aplicación amplia, al
tiempo que se lo liberaba a Menem por medio de la doctrina que restringe su
utilización.

Es la primera vez que un detenido recurre a una huelga de hambre contra la
Corte. Ahora, el alto tribunal se ve en la encrucijada de reiterar la
doctrina garante de los derechos humanos y los derechos civiles que sostuvo
la antigua corte menemista o, sumarse al uso político y arbitrario que
retuercen la ley para lograr sus fines.








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