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richiesta urgente di appoggio.
- To: (Recipient list suppressed)
- Subject: richiesta urgente di appoggio.
- From: intcerchio <intcerchio@inwind.it>
- Date: Fri, 13 Jul 2001 19:12:38 +0200
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Comite de solidaridad con los
pueblos latino americanos
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Amiche/i,
e' arrivato dall'ODEP Organizazzione di Difesa dei Diritti Umani cilena, la
seguente richiesta urgente che vi chiediamo di sottoscrivere e
inviare al Presidente del Cile Ricardo Lagos e Jose' Antonio Gomez , Ministro
de Justicia ai seguenti indirizzi e-mail:
Ricardo Lagos
Presidente de la República
<ricardolagos@lagos.cl>
Fax: 56-2-690-4020
56-2-699-0394
José Antonio Gómez, Ministro de Justicia
<minju@reuna.cl>
Fax: 56-2-696-6952
fraternales saludos
Flaco
il testo da sottoscrivere:
SOLICITAMOS SE ACATE RESOLUCIÓN JUDICIAL Y SE DE CURSO A LA LIBERTAD
CONDICIONAL DE MARIA CRISTINA SAN JUAN AVILA.
EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
MIRNA SALAMANCA ASTORGA, VICTORIA TORRES AVILA y DOLORES LOPEZ
ARAYA, por la Organización de Defensa Popular, ODEP, con domicilio en
Catedral 1029 of. 1007, en ejercicio del derecho de petición establecido en la
Constitución Política imperante, solicita al Excmo. Señor Presidente de la
República se acate resolución judicial que indica y disponga en ejercicio de
sus atribuciones, se curse administrativamente la libertad condicional de MARIA
CRISTINA SAN JUAN AVILA, por las razones que exponemos a continuación.
Con fecha 9 de julio pasado la Iltma. Corte de Apelaciones de
Santiago, acogió por unanimidad un recurso de protección interpuesto a favor de
doña MARIA CRISTINA SAN JUAN AVILA, disponiendo en su parte resolutiva que: el
beneficio de la libertad condicional debe ser concedido a la recurrente, por
cuanto en la especie, se reúnen los requisitos que la hacen procedente y porque
además, atendidas las precarias condiciones de salud de ésta, aconsejan
considerar las razones superiores de carácter humanitario que fundamentan esta
decisión .
Esta resolución ha materializado una legítima y justificada demanda
de justicia, toda vez que la negativa del Secretario Regional Ministerial de
Justicia, en orden a no cursar la libertad condicional resuelta, también de
manera unánime, por la Comisión de libertad condicional en el mes de octubre
pasado, ha sido calificada por la Iltma. Corte de Apelaciones: como de
arbitrario y atentatorio en contra del derecho a la vida y la salud de doña
Cristina San Juan Avila, lo cual amerita que el recurso sea acogido .
Es de justicia acatar esta resolución judicial, considerando al
efecto, que doña MARIA CRISTINA SAN JUAN cumple con todos los requisitos
establecido en la ley para la procedencia de este derecho a la libertad
condicional, sin perjuicio de lo cual, pedimos al señor Presidente de la
República, tenga en consideración, además, las razones humanitarias que
están presente en este caso.
Adhieren a esta presentación la Asamblea Nacional por los Derechos
Humanos, CODEPU, CINTRAS, Agrupación de Ex Presos Políticos. Asimismo,
adjuntamos, el comunicado público en que se consigna un ferviente llamado al
gobierno a aceptar dicho fallo y proceder en consecuencia , emitido por
monseñor Alfonso Baeza Donoso, vicario Episcopal para la Pastoral Social y
Presidente del directorio de la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias
Cristianas FASIC.
POR TANTO,
PEDIMOS AL EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: Acceder a lo
solicitado.
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Comite de solidaridad con los pueblos
latino-americanos.
via Mascarella 35/a
40126 - Bologna
tel/fax: 051.6390960 (segretaria telefonica)
tel: 051.6393777
e-mail: ddhh@libero.it
web: www.ecn.org/potosi
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